
Así lo ordenó la Sala II del Tribunal al revocar una medida de primera instancia del juez Marcelo Martínez de Giorgi, quien había archivado la misma por considerar que el hecho ocurrió por "un error y/o problema del sistema con motivo a un obrar no intencional".
Para los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, la medida de archivar la causa es "prematura", y para ello explicaron que un informe de la compañía Intelsat, proveedora del servicio de satélite utilizado por las señales del grupo Clarín, era "incompleto".
Ese informe sostiene que las interrupciones de las señales se debieron a "problemas de interferencias intermitentes generadas de forma no intencional por el mal funcionamiento de un Amplificador de Alta Potencia operado por otro respetable cliente de muchos años de Intelsat que utiliza el satélite IS-3R, fuera del territorio de la República Argentina".
Pero los camaristas ordenaron al juez que profundice la pesquisa, y que explique cómo llegó a la conclusión de que se trató de "un hecho no intencional".
En el fallo, los jueces consideraron "insuficiente la sola opinión -sin sus fundamentos- expresada, en el marco de un informe elaborado por una empresa particular, como es en el caso de Intelsat", y remarcaron que "la instrucción no se encuentra agotada, por lo que se impone revocar el archivo decretado".
NA






3 comentarios:
felicito por el blog, realmente presentan una data interesante para una lectura diferente.
Yo paso para dejarte besitos cósmicos!!! nada que ver pero son con mucho cariño para mi ídolo!!!
Que se los lleve puestos!,le va a hacer un gran favor a la libertad,pobrecitos,tan honestos,a investigar de dònde salieron los hijos de ernestina de noble!
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